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    Serán 2,000 créditos para 1ª fase de Segunda Hipoteca: Fovissste

    Luis Antonio Godina Herrera, Vocal Ejecutivo de Fovissste dio a conocer que ya se preparan dos mil créditos hipotecarios que se podrían incrementar en el curso de 2016 como una primera fase correspondiente a la opción de Segundo Financiamiento al que podrán acceder los trabajadores al servicio del Estado, este cambio es producto de la reciente aprobación a las reformas de la Ley del ISSSTE hechas por parte de la Cámara de Diputados en días recientes.
    Foto 1Las reglas de operación del segundo crédito se darán a conocer una vez que sean publicadas las modificaciones en el Diario Oficial de la Federación –DOF-, sin embargo adelantaron que hay algunos lineamientos previos que deberán ser ratificados por la Comisión Ejecutiva integrada por los órganos directivos del ISSSTE y FOVISSSTE, se mencionó durante la Durante el 34 consejo directivo de la Cámara Nacional de la Industria de Desarrollo y Promoción de Vivienda  -CANADEVI-.
    Para acceder al segundo crédito, los derechohabientes deberán contar con depósitos constituidos a su favor por más de 18 meses en las Subcuentas del Fondo de Vivienda, así como haber liquidado el primer crédito y tener un máximo de 64 años 11 meses de edad.
    “En caso de que el primer crédito haya sido otorgado bajo cualquier esquema cofinanciado, debe haberse liquidado al 100 por ciento la deuda contraída con la Entidad Financiera y autorizar la consulta de su historial crediticio en sociedades de información crediticias. El segundo crédito no podrá participar en programas de subsidio federal y los gastos notariales que se generen por el otorgamiento del crédito serán a cuenta del acreditado”, de acuerdo con el boletín dado a conocer por Fovissste.
     
    **Requisitos
    -Solicitud de inscripción de crédito
    CURP
    Acta de nacimiento
    Copia de la identificación oficial vigente
    Formato para autorizar la consulta de su historial crediticio
    Carta de liquidación del primer crédito ejercido y los demás que se requieran conforme a las respectivas reglas y condiciones establecidas para cada uno de los esquemas

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