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    Trámites inconclusos: el cáncer que padece la actividad inmobiliaria

    Para los agentes inmobiliarios la labor cada vez se complica más a causa del poco interés que se le suele prestar a la transmisión de bienes raíz, por ello son necesarios métodos cada vez más estrictos de regulación para asegurarse que el control de los bienes inmuebles que se encuentran en el territorio sea correcto. Al Estado le es necesario llevar un control sobre las propiedades que existen, a causa de evitar conflictos por las mismas y así no desgastar los mecanismos jurisdiccionales que hay en el país; además, de llevar un control en los impuestos recaudados, con el fin de contribuir a las políticas públicas.

    Todos conocemos a algún familiar o amigo que ha realizado trámites con relación a inmuebles, ya sea que ha comprado, le han heredado, ha construido en un terreno o que simplemente ha prestado dinero a otra persona; pero a la vez sabemos que los debidos conocimientos respecto a estas situaciones no están a la disposición de todo el público y a la vez, los que cuentan con estos conocimientos, no los aplican por cuestiones extraordinarias.

    Referente a las compraventas inmobiliarias, es común saber de operaciones donde solamente se pactan mediante un contrato privado, sin que en algún momento se eleve a escritura pública lo que va acarreando problemas como el pago de los impuestos de enajenación, adquisición y demás, elevándose y acumulando el calor de estos y haciéndolos impagables para su regulación; al paso del tiempo la propiedad se vuelve vulnerable por que el registro sigue apareciendo a nombre del dueño anterior, siendo susceptible a tener algún conflicto.

    Uno de los problemas más recurrentes es acerca de la cancelación de hipoteca; cuando se termina de pagar es necesario acudir con la institución que autorizó el crédito para solicitar la cancelación de hipoteca y contar con una escritura pública libre de gravámenes.

    En el caso de heredar algún bien, se suele abrir la sucesión para nombrar a las personas que también les corresponde el carácter de herederos y legatarios, así como el nombramiento del albacea, estas etapas se llevan ante notario público o ante un juzgado, y al final cuando se obtiene la adjudicación de los bienes contenida en la escritura, se piensa que aquí es donde terminan las sucesiones, pero es necesario inscribir esta escritura ante la autoridad registradora competente.

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    Respecto a las construcciones, es común observar que se realizan modificaciones a un inmueble o una cimentación en un predio vacío; sin embargo, es necesario tramitar los permisos correspondientes, ya sean de construcción o ampliación, y es imprescindible realizar las actualizaciones de los planos arquitectónicos, al tiempo de declarar las nuevas construcciones para evitar las grandes multas y recargos que se generan e igualmente se acumulan; todo para el momento en que deseamos enajenar el inmueble o es sujeto de una herencia, se paguen completos.

    Si tiene lugar un préstamo de dinero, se suele hacer mediante pagarés, pero existe otro instrumento legal que brinda mayor seguridad cuando se trata de grandes cantidades, el contrato mutuo con interés y garantía hipotecaria, en el cual se pueden plasmar cláusulas para mayor seguridad, por ejemplo colocando en garantía un inmueble que pasará a propiedad del acreedor en caso de incumplimiento de la obligación de pago; además, igual que en el pagaré, los intereses se pueden pactar.

    Otro trámite inconcluso que a menudo causa problemas con los inmobiliarios, al momento de querer enajenar un bien raíz, es la falta de inscripción de la sentencia de usucapión o prescripción positiva, la cual es dictada, pero también tiene que ser registrada ante el debido organismo para hacerla oponible frente a terceros que puedan exigir la propiedad sobre el bien.

    Cuando se adquiere un predio ejidal, se les debe otorga el título parcelario por los ejidatarios que administran la propiedad; no obstante, lo que muchos no realizan son los trámites ante el Registro Agrario Nacional (RAN) para desincorporar el predio del ejido y cambiar la propiedad social a propiedad privada sobre la parcela, para así no tener conflicto con el Comisariado Ejidal respecto al uso del predio.

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    Por último, tal vez uno de los problemas menos comunes, pero que a la fecha se siguen detectando en contadas ocasiones es el referido a la falta de alineamiento y número oficial cuando se realiza una construcción por lotes, en donde por la falta de coordinación con las autoridades reguladoras, se pueden dar diversos problemas de identificación de los inmuebles, conllevando un excesivo trámite posterior para cada uno de los habitantes de los inmuebles que se construyeron.

    Es necesario eliminar estos vicios que en grandes medidas desgastan a los engranajes del sistema inmobiliario de nuestro país y complican cada vez más el ejercicio de los agentes, por ello es fundamental detectar a tiempo estos problemas y ayudar a regularizar el ejercicio inmobiliario de nuestra sociedad.

    Por Arturo González, CEO Pulso Streaming Channel y Juan Carlos Valencia, Editor Pulso Streaming Channel

    Este es un artículo de la edición 114 http://inmobiliare.com/inmobiliare-114/

    *Nota del editor: Las opiniones aquí expresadas son responsabilidad del autor y no necesariamente reflejan la posición de Inmobiliare.

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