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    Aprueba ALDF Hipoteca Inversa

    El día de ayer fue aprobado por unanimidad en la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México el proyecto de reforma  al Código Civil Federal,La Ley Orgánica de la Sociedad Hipotecaria Nacional y la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores  por medio del cual se agrega la figura de Hipoteca inversa.
    El proyecto propuesto  en marzo de 2016 plantea un esquema  que considera la posibilidad de  que adultos mayores contraten con alguna institución financiera  autorizada un crédito de hipoteca inversa  sobre el  inmueble a fin de que el solicitante reciba  el importe del pago del crédito.
    Se considera que el plazo de contratación de este crédito puede ser  por una sola emisión, por un plazo definido o  de manera vitalicia. Los principales requisitos  con los que deberá cumplir el solicitante son los siguientes:

    • el solicitante debe ser el propietario del inmueble y no debe tener gravámenes pendientes  
    • el solicitante o beneficiarios que designe deben ser mayores a 60 años y deberá mantener el inmueble en condiciones habitables por lo que una parte del monto otorgado deberá ser destinado a mantenimiento.

    En cuanto a las normas de operación  el documento refiere que

    • la vivienda debe ser tasada a valor comercial al inicio  y al término de la operación, el costo de dicho avaluó será cubierto por el pensionario
    • El acreedor no podrá embargar ni rematar otros bienes del deudor, ni de sus herederos.
    • podrán instrumentarse  hipotecas inversas sobre cualquier otro bien inmueble, distinto al de la vivienda habitual del solicitante
    • la cantidad pactada debe ser suficiente para  cubrir las necesidades básicas

    Para el caso de la contratación del crédito de manera vitalicia indica lo siguiente:

    • “En caso de contratar la hipoteca inversa de manera vitalicia, al fallecimiento del pensionario hipotecario o del último de los beneficiarios que deberá ser su cónyuge, los herederos podrán cancelar el préstamo en el plazo estipulado, abonando al acreedor hipotecario la totalidad de los débitos vencidos, con sus intereses y los herederos del deudor hipotecario que decidan no reembolsar los débitos vencidos, con sus intereses, el acreedor sólo podrá obtener recobro hasta donde alcance el bien hipotecado”.

    El dictamen será enviado al Jefe de Gobierno Miguel Ángel Mancera  para su promulgación, tiene 30 días hábiles para revisión y observaciones, de lo contrario se considerará como aprobada y será publicada en la Gaceta Oficial.
    Por Liz Areli Cervantes 

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