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    Carga fiscal es igual para extranjeros y mexicanos: Colegio Nacional del Notariado Mexicano

    ¿Te has preguntado si la carga fiscal es la  misma para un mexicano que para un extranjero que adquiere, vende o renta un inmueble en el país?
    En opinión de Karim Goudiaby,CEO de viva anuncios, “Es de vital importancia que los potenciales compradores de vivienda conozcan toda la información relacionada con los impuestos en la adquisición de una casa o departamento, pues tradicionalmente no es algo que se considere al tomar una decisión. Te emociona muchísimo con la idea de comprar y luego te das cuenta que hay impuestos por pagar y que ese porcentaje no estaba en tu presupuestó”.

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    Cuando una mexicano compra  
    Cuando una persona de nacionalidad mexicana compra un inmueble, a nivel general, el proceso que debe cumplir es el siguiente:

    • Debe obtener certificados de libertad de gravámenes, constancias de no adeudo en materia fiscal y certificado de uso de suelo de su propiedad.
    • Debe acudir con un notario y presentar documentos como el título de propiedad, boleta predial, boleta de agua, acta de matrimonio -cuando procede- y avalúo -cuando procede-.

    Con todo lo anterior, el notario realiza la escritura y, tanto vendedor como comprador, pagan sus respectivos impuestos. Si lo que se vende es una casa habitación, el vendedor puede exentar o pagar el Impuesto Sobre la Renta -ISR- y, quien compra, pagará sus impuestos por adquisición, derechos, honorarios y gastos notariales.
    Cuando un extranjero compra (Fuera de la zona prohibida)
    De acuerdo con información de la SRE los extranjeros solo pueden adquirir inmuebles en un rango de 100 kilómetros  a partir de la frontera y de 50 km desde las costas del país. Cuando un extranjero compra un inmueble fuera de la llamada “Zona Prohibida” o  “Zonas Restringida”, es decir, si compra una casa o departamento en la colonia del Valle en la Ciudad de México, dicha persona únicamente debe convenir con el gobierno mexicano, a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores, que se le considere como nacional en relación a esa adquisición. Este proceso responde a lo que se conoce como cláusula Calvo.
    “Es un trámite que ni siquiera tiene un costo especial. De tal suerte que es un requisito más en el que los notarios ayudamos a los adquirientes extranjeros. Y no les cuesta más la escritura por ser extranjeros pagan lo mismo que un mexicano al momento de adquirir”, explico José Antonio Manzanero, presidente del Colegio Nacional del Notariado Mexicano.
    Cuando un extranjero adquiere (Dentro de la zona prohibida o restringida)
    En estas circunstancias, la ley de inversión extranjera permite a los extranjeros utilizar la figura del fideicomiso para aprovechar un inmueble que esté dentro de la franja restringida o prohibida, como Acapulco o Cancún.
    “Para esos efectos el extranjero no puede adquirir el dominio directo como comprador y el instrumento jurídico que le queda es -a través de un fideicomiso-, utilizar y aprovechar el bien. En ese sentido, se requiere una institución de crédito para que, como fiduciaria, esta sea la que administre este negocio jurídico”, Indica Manzanero
    Este tipo de fideicomisos por ley tienen una duración máxima de 50 años, que el interesado puede pedir que se extienda 50 años más. De esa forma, puede aprovechar el uso del inmueble hasta por 100 años.
    Cabe señalar que el extranjero deberá cubrir el costo del fideicomiso, el cual variará según la tarifa de la institución fiduciaria por su intervención. Hay que tramitar el permiso correspondiente ante la Secretaría de Relaciones Exteriores y darle aviso a dicha secretaria por parte de la fiduciaria cuando se haya usado ese permiso para acceder al bien inmueble.
    El consejo para los extranjeros interesados en adquirir una casa o departamento en la zona restringida  mexicana es acudir a algún banco para saber el costo de esto, así como el costo de las escrituras, mismo que se elevará al requerir un procedimiento más sofisticado dada la intervención de la institución de crédito.

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    Cuando el vendedor es mexicano o extranjero
    “Cuando se vende un inmueble realmente no es importante el tema de la nacionalidad, lo que importa es el concepto de la residencia para efectos fiscales .Imaginemos el caso de un ciudadano español que ha vivido en México 20 años o más, por lo que cuenta con residencia fiscal en México, aun que sigue siendo extranjero. Cuando esta persona venda pagara sus impuestos como cualquier otro contribuyente. Inclusive puede llegar a exentar por vender su casa habitación”, Advierte el presidente del Colegio Nacional del Notario Mexicano.
    Cuando un mexicano o un extranjero rentan
    En el supuesto de que un extranjero o un mexicano quieran rentar, no hay ninguna distinción: no es más caro ni más barato para uno u otro, esto se debe, esencialmente, a que el errendamiento de un inmueble no requiere una estructura pública ante notario, solo la firma de un contrato de arrendamiento bajo condiciones que resguarden los derechos y obligaciones del dueño y del inquilino.
    Finalmente, si un mexicano o un extranjero quisieran rentar en la llamada “Zona Restringida”, lo pueden hacer sin ningún problema ya que no están adquiriendo el dominio directo sobre el bien, sino únicamente el uso o el uso y goce de ese bien inmueble.
    Por: Alan M. Munguia
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