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    Cómo cambiar de titular el predial de una vivienda en la CDMX

    Ser dueño de una propiedad conlleva ciertas responsabilidades como el pago de agua, luz, entre otros servicios. Uno de los más importantes es el predial, es decir, el impuesto requerido anualmente por los gobiernos municipales.

    En el caso de la Ciudad de México, le corresponde a la Secretaría de Administración y Finanzas la recaudación de este impuesto.

    Principalmente, se utiliza para el mejoramiento de instalaciones públicas, como escuelas, hospitales y oficinas de gobierno. También aporta para las obras urbanas y provisión de servicios públicos.

    El monto es determinado por ciertos factores del inmueble para hacer el avalúo catastral.  Entre los factores físicos evaluados de la vivienda se encuentran:

    • Tipo de inmueble: Casa habitación, local comercial, oficina, bodega industrial u otro
    • Superficie: Medición de todo el terreno, excluyendo por completo la edificación 
    • Construcción: Toda el área de construcción, omitiendo la superficie del terreno 
    • Edad del inmueble: El tiempo de existencia que tiene la edificación

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    ¿Qué se necesita para cambiar de titular del predial?

    Si por algún motivo personal o de negocio el dueño de un inmueble quiere vender su propiedad, se debe realizar el cambio de titular de predial.

    De acuerdo con Inmuebles24, es recomendable priorizar este cambio para que, a partir del momento de la venta, la obligación del pago se traslade al nuevo dueño.

     Los requisitos para cambio o corrección de nombre son:

    1.- Contar con la Escritura Pública inscrita ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de la CDMX

    2.- Identificación oficial vigente (INE, pasaporte o cédula profesional).

    3.- Última boleta Predial pagada.

    4.- En caso de promover a nombre de otra persona, presentar Poder Notarial o Carta Poder simple, firmada por el otorgante, apoderado y de dos testigos (acompañada de credenciales oficiales de todos los involucrados).

    Cabe señalar que hay algunos contratos que deben estar inscrito ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de la CDMX, estos son:

    • Contrato Privado de Compra-Venta
    • Cesión de Derechos
    • Sentencia Judicial con acuerdo de cause de ejecutoria (Prescripción Positiva, Inmatriculación Judicial, u otro de posesión)

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