¿Qué es el impuesto sobre servicio de hospedaje?

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Recientemente, Ciudad de México y Quintana Roo han aprobado regulación que permitirá a plataformas  como Airbnb, HomeAway, Wimbdu y Booking, por mencionar algunas, cobrar directamente el impuesto sobre el servicio de hospedaje -3% sobre la contraprestación por hospedaje en ambas entidades y enterarlo a los respectivos gobiernos. Mediante esta nueva regulación, en la mayoría de los casos se releva a quien ofrece y presta el servicio de hospedaje a través de estas plataformas, de la obligación de recabar dicho impuesto, lo cual aligera la carga administrativa que esto conlleva para el prestador del servicio. Consideramos que este es un paso en la dirección correcta, pero aún hay mucho por hacer.

En materia estatal, creemos que estas nuevas medidas permitirán recaudar el impuesto sobre hospedaje, que en muchos casos no se paga, fundamentalmente por lo complejo que representa su entero, sobre todo para quienes se encuentran dentro del grupo de economía compartida. Por ello, creemos que otros estados deberían implementar medidas similares a las mencionadas.
En materia municipal, es importante adaptar el marco regulatorio para determinar con claridad en qué casos se requieren licencias para prestar el servicio de hospedaje y diferenciar el marco regulatorio cuando se trata de economía compartida.
En materia federal, cabe recordar que la prestación del servicio de hospedaje o renta de inmuebles amueblados causa el Impuesto al Valor Agregado –IVA– y que los ingresos derivados de dicha actividad están gravados por el Impuesto Sobre la Renta –ISR-. Adicionalmente, sería necesario analizar a detalle el cobro de cada plataforma, por la posible comisión de un delito al cobrar el IVA y no enterarlo.
Además, consideramos que en materia de IVA se podrían generar facilidades administrativas para su entero, especialmente respecto de prestadores de servicio dentro de la economía compartida. De lo contrario, vemos complicado que este sector entre en la economía formal.
Finalmente, al momento de analizar proyectos de inversión es importante considerar los efectos del IVA e ISR, así como los posibles costos regulatorios, ya que no hacerlo podría  significativamente las valuaciones, especialmente si no se cuenta con la planeación adecuada que permita optimizar la carga fiscal de esta actividad.
Por Héctor Fernández Torres, Socio en Schondube Abogados, S.C.
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