La llegada a México de las plataformas que facilitan la intermediación en el mercado de hospedaje, tales como Airbnb, HomeAway, Wimbdu y Booking, por mencionar
algunas, ha ampliado la oferta de espacios de alojamiento en el país. Tan sólo en Cancún existen más de cuatro mil 700 propiedades listadas en Airbnb, y las proyecciones de crecimiento para finales de 2018 están en el orden del 20 al 30% de acuerdo con Hundredrooms.com. Sin embargo, el marco jurídico aún no se ha adaptado del todo a estas nuevas tecnologías, lo que podría afectar la seguridad de los rendimientos de dichas inversiones.
Empíricamente se puede dividir el nuevo inventario de habitaciones en dos grupos: el primero es producto de la llamada economía compartida, se compone por personas que rentan un cuarto de su casa o bien su departamento algunos fines de semana al año; el segundo es producto de un negocio especulativo, se compone por inversionistas que adquieren inmuebles con la finalidad de explotarlos a través de rentas vacacionales / hospedaje en lugar de rentas tradicionales.
Este segundo grupo ha propiciado un nuevo nicho de negocio inmobiliario. Por un lado, los inversionistas están adquiriendo vivienda -departamentos principalmente- con la finalidad de explotarla a través de estas plataformas y por el otro, los desarrolladores están produciendo inventario que busca satisfacer las necesidades de este nuevo nicho.
Las tasas de retorno de una propiedad explotada a través de rentas vacacionales—las cuales a su vez se han potenciado con la llegada de las plataformas digitales—pueden significar retornos adicionales -antes de impuestos- de entre 1.5 a 8% por encima de un esquema de renta tradicional. Sin embargo, a la fecha no hemos observado que los precios de los inmuebles hayan sido afectados considerablemente por este potencial incremento en los ingresos derivados de la explotación de esas propiedades.
Ahora bien, el marco jurídico no está adaptado a esta nueva forma de explotación inmobiliaria. En la mayoría de los casos, la regulación es confusa y complicada de cumplir. Dependiendo de la ubicación del inmueble en el cual se presta el servicio de hospedaje, podría ser necesario la obtención de licencias y/o permisos de funcionamiento.
Por Héctor Fernández Torres, Socio en Schondube Abogados, S.C.
También lee